Detalle Servicio

SERVICIOS PROTOCOLARES:

RECTIFICACIÓN DE AREA

Requisitos:

I. SUSTANTIVOS.-
• El terreno con o sin edificación debe estar en zona urbana.
• El notario atiende el saneamiento solo en la provincia de su competencia.
• El notario debe ser abogado.
II. FORMAS.-
• Por acuerdo pleno: mediante escritura pública suscrita por el propietario y los propie-tarios de todos los predios colindantes en las que los últimos manifiestan su confor-midad con el área, medidas perimétricas y/o linderos según corresponda.
• Procedimiento notarial: siempre que el área real sea igual o inferior a la registrada en la partida. Cuando el área real del inmueble es superior a la que aparece registrada, procederá este trámite siempre y cuando exista certificación registral de que el área mayor no se superpone a la registrada.
III. PROCESALES.-
• Presentar 03 testigos, mayores de 25 años, que acrediten la posesión, pedir Kardex de identificación y acompañar copia del DNI.
• Identificar con sus nombres completos a todos sus vecinos colindantes e indicar sus direcciones exactas para notificarles.
• Acompañar el certificado literal de domino, con asientos de los últimos 10 años, (si está inscrito).
• Declaración jurada de autovaluo, el PU, HR y el recibo de pago del año.
• Presentar el expediente técnico de regularización, autorizado por el Arquitecto o In-geniero inscrito en el Registro Público en calidad de verificador responsable, con el contenido siguiente:
a) Plano de localización y ubicación con su memoria descriptiva.
b) El plano perimétrico con las características técnicas respectivas, consignando ángulos internos (con precisión de grados, minutos y segundos).

Pasos a Seguir

• Solicitud firmada por la parte interesada y los tres testigos
• Publicación del resumen de la solicitud por 03 veces, con un intervalos de 03 días há-biles, en el diario correo y el diario oficial el Peruano.
• Notificar a la parte interesada y a los colindantes.
• Colocar carteles en el inmueble.
• Solicitar la anotación preventiva de la solicitud de rectificación de área, linderos y medidas perimétricas ante el Registro Público.
• Levantar acta notarial de presencia en el bien inmueble materia de regularización.
• Transcurrido 30 días hábiles desde la fecha de la última publicación se elevara a es-critura pública la solicitud del petecionante.