I.- SUSTANTIVOS
• El terreno con o sin edificación debe estar en zona urbana.
• El notario atiende el saneamiento solo en la provincia de su competencia.
• El notario debe ser abogado.
II.- PROCESALES
• Presentar 03 testigos, mayores de 25 años, que acrediten la posesión, pedir kardex de identificación y acompañar copia de DNI.
• Identificar con sus nombres completos a todos sus vecinos colindantes e indicar sus direcciones exactas para notificarles.
• Acompañar el Certificado literal de dominio, con asientos de los últimos 10 años, (si esta inscrito), el certificado de Búsqueda Catastral (si no esta inscrito)
• Adjuntar las pruebas que demuestren posesión continua, pública y pacífica, impuesto predial (recibo de pago, el PU y el HR) en caso de los recibos de luz y agua, el más antiguo y el más reciente.
• Presentar el expediente técnico de regularización, autorizado por el Arquitecto o Ingeniero inscrito en el Registro Público en calidad de verificador resposable, con el contenido siguiente:
• El formulario registral con el informe técnico.
• Título o documento de fecha cierta para demostrar la adquisición de la po-sesión.
• Plano de localización y ubicación con su memoria descriptiva. Si pretende regularizar la construcción, presentar el plano de la declaratoria de fábrica.
• El Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios y el Certificado de Numeración de Finca.
• El plano perimétrico con las características técnicas respectivas, consig-nando ángulos internos (con precisión de grados, minutos y segundos) y el plano del área remanente, visado por la Municipalidad correspondiente.
• Solicitud firmada por la parte interesada y los testigos.
• Publicación del resumen de la solicitud por 03 veces, con un intervalo de 03 días hábiles.
• Notificar a la parte interesada y a los colindantes.
• Colocar carteles en el inmueble.
• Solicitar la anotación preventiva de la solicitud de saneamiento ante el Registro Público, si el predio está inscrito.
• Levantar acta notarial de presencia en el bien inmueble materia de regulariza-ción.
• Transcurrido 25 días hábiles desde la última publicación se elevara a escritura pública la solicitud del petecionante.