Detalle Servicio

SERVICIOS EXTRAPROTOCOLARES:

CERTIFICACIÓN DE FIRMAS

Requisitos:

- Documento Nacional de Identidad (DNI) original.
- Presencia del interesado.
- En caso de representar a una persona jurídica y/o natural deberá de presentar vigencia de poder con una antigüedad no mayor a dos meses. o copia literal original con una antigüedad no mayor a 3 días.
- Testigo a ruego: Si alguno de los otorgantes del documento es iletrado(a) o no puede firmar, lo hará una persona llevada por él a su ruego; en este caso el notario exigirá, de ser posible, la impresión de la huella digital de aquél, certificando la firma de la persona y dejando constancia en su caso, de la impresión de la huella digital.

Pasos a Seguir

El notario certificará ambas firmas en documentos privados cuando hayan sido suscritos en su presencia o cuando le conste de modo indubitable la autenticidad de la firma, verificando en ambos casos la identidad de los firmantes, bajo responsabilidad. Carece de validez la certificación de firma en cuyo texto se señale que la misma se ha efectuado por vía indirecta o por simple comparación con el documento nacional de identidad o los documentos de identidad para extranjeros.
RESPONSABILIDAD POR EL CONTENIDO. El notario no asume responsabilidad sobre el contenido del documento de lo que deberá dejar constancia en la certificación, salvo que constituya en sí mismo un acto ilícito o contrario a la moral o a las buenas costumbres.
DOCUMENTO REDACTADO EN IDIOMA EXTRANJERO. El notario podrá certificar firmas en documentos redactados en idioma extranjero; en este caso, el otorgante asume la plena responsabilidad del contenido del documento y de los efectos que de él se deriven.